Seguro de Accidentes Personales

Otorga una indemnización al asegurado a consecuencia de las lesiones producidas por un accidente.
Características
Puede ser contratado de manera individual o colectiva.
Su contratación es voluntaria.
Puede pagar una indemnización única o bien reembolsar los gastos incurridos por el tratamiento de las lesiones causadas por un accidente.
Tiene una vigencia definida.
Generalmente se requiere una declaración de salud antes de incorporarse a la póliza.
El asegurado deberá tener en cuenta si existen carencias estipuladas en la póliza, las características de éstas y, de ser así, si las mismas se ajustan a sus necesidades.
Opera con posterioridad a la cobertura del seguro SOAP, si el accidente se produjo por un accidente de tránsito.
Existen distintos tipos de seguros de accidentes: muerte accidental, desmembramiento por accidente, invalidez por accidente, reembolso de gastos médicos por accidente, etc.
Normalmente excluyen lesiones o fallecimientos causados por:
Las actividades o deportes riesgosos, como por ejemplo los deportes extremos, el manejo de explosivos, los trabajos en altura, etc.; o bien podrían ser aceptados por la compañía aseguradora con un incremento en la prima.
Las enfermedades y condiciones de salud prexistentes.
Lesiones o enfermedades causadas por guerra, rebelión, revolución, etc.
Suicidio o lesiones auto-inferidas.
Exclusión de cobertura por enfermedades o condiciones de salud preexistentes
La incorporación en las condiciones generales de la póliza de exclusiones de cobertura por enfermedades o dolencias preexistentes, deberán señalar expresamente que éstas corresponden a enfermedades, dolencias o situaciones de salud diagnosticadas o conocidas por el asegurado o por quien contrata a su favor, antes de la contratación del seguro.
El asegurado estará obligado a declarar sinceramente todas las circunstancias que solicite el asegurador para identificar el riesgo y apreciar la extensión de éste.
Para prestar la declaración a que se refiere el párrafo anterior, será suficiente que el contratante informe el tenor de lo que solicite el asegurador, sobre los hechos o circunstancias que conozca y sirvan para identificar el riesgo y apreciar su extensión.